Descalificación Vivienda VPO-VPP Comunidad de Madrid
Si eres propietario de una vivienda protegida (VPO o VPP) en la Comunidad de Madrid y deseas liberarla de las limitaciones legales que impone su régimen de protección, te ayudamos a gestionar todo el proceso de descalificación administrativa de forma segura, ágil y eficaz.
Te ofrecemos asesoramiento personalizado desde el primer momento, para que tomes decisiones informadas y evites errores que puedan retrasar o bloquear el proceso.
Precio: 490,00€ + IVA

Preguntas frecuentes
Es el proceso mediante el cual se solicita la eliminación del régimen de protección oficial de una vivienda, pasando a tener la consideración de vivienda libre. Esto implica la eliminación de las limitaciones legales sobre precio, venta, uso y ayudas recibidas.
No siempre. La posibilidad de descalificación depende de varios factores, como el tipo de protección (VPO, VPP…), la antigüedad de la vivienda, las ayudas recibidas y la normativa aplicable. En algunos casos es necesario esperar un plazo mínimo desde la calificación definitiva.
Las principales ventajas son:
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Libertad para vender o alquilar a precio de mercado.
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Eliminación de la obligación de uso como vivienda habitual.
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Mayor flexibilidad sobre la propiedad (donación, herencia, transmisión…).
Debes cumplir, entre otros:
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Que haya transcurrido el plazo mínimo de protección (normalmente entre 15 y 30 años).
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No estar sometido a limitaciones urbanísticas específicas.
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Estar al corriente de las obligaciones derivadas de ayudas o subvenciones.
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Reintegrar, si procede, las ayudas recibidas con sus correspondientes intereses legales.
Se requiere:
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Solicitud formal ante la Comunidad de Madrid.
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Copia de la escritura de compraventa.
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Certificación registral del inmueble.
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Justificantes de las ayudas recibidas (si las hubo).
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En su caso, informe del Ayuntamiento correspondiente.
(La documentación puede variar según el caso específico.)
Sí, si la vivienda recibió ayudas públicas, deberás reintegrarlas con intereses legales. El cálculo depende del importe recibido, la fecha y el tipo de ayuda.
El plazo medio suele estar entre 4 y 8 meses, dependiendo de la carga administrativa y la complejidad del expediente. En algunos casos puede alargarse si hay incidencias o falta documentación.
No es obligatorio, pero sí altamente recomendable. Es un procedimiento técnico y legalmente complejo, y contar con un profesional evita errores, retrasos o incluso denegaciones. En [Nombre de la Empresa] te acompañamos en todo el proceso.
En ese caso, se mantiene el régimen de protección. Puedes volver a presentar la solicitud cuando cumplas los requisitos o resolver las causas de denegación si son subsanables.
Una vez aprobada la descalificación, deberás inscribir la resolución en el Registro de la Propiedad para que conste oficialmente como vivienda libre. A partir de ahí, podrás disponer de ella sin restricciones.
