Trámites/documentación de Herencias y sucesiones
Ofrecemos un servicio integral de gestión de herencias, diseñado para acompañarte en un momento delicado con la máxima profesionalidad, cercanía y claridad.
Nos ocupamos de todos los trámites legales y administrativos necesarios para que la aceptación y reparto de la herencia se realicen de forma rápida, ordenada y conforme a la normativa vigente.
Precio: 490,00€ + IVA

Preguntas frecuentes
Incluye la gestión completa de todos los pasos legales y administrativos:
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Solicitud de certificados (defunción, últimas voluntades, seguros)
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Localización o declaración de herederos
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Inventario y valoración de bienes
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Tramitación del Impuesto de Sucesiones y Plusvalía
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Redacción de la escritura de aceptación de herencia
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Inscripción de bienes a nombre de los herederos
No. Si no hay testamento, se tramita la declaración de herederos abintestato. Este trámite se hace ante notario si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge, o por vía judicial en otros casos.
Los principales son:
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Certificado de defunción
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Certificado de últimas voluntades
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Testamento (si lo hay) o declaración de herederos
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DNI de los herederos
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Escrituras, títulos de propiedad, datos bancarios del fallecido
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Recibos del IBI, documentación de vehículos, etc.
Te asesoramos sobre todo lo necesario según el caso.
No hay un plazo legal para aceptar o rechazar la herencia, pero sí existe un plazo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento para presentar el Impuesto de Sucesiones. Este puede prorrogarse otros 6 meses si se solicita antes del vencimiento.
Principalmente el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (autonómico) y la Plusvalía Municipal si hay bienes inmuebles urbanos. En algunos casos hay bonificaciones, especialmente para herederos directos.
Puedes aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que limita tu responsabilidad a los bienes heredados. También puedes rechazarla si lo prefieres. Nosotros te asesoramos sobre la mejor opción según el caso.
Sí. En ese caso se realiza un reparto de bienes entre todos los herederos. Si no hay acuerdo, puede acudirse a un notario o incluso al juzgado para realizar la partición.
Sí, para formalizar la escritura pública de aceptación de herencia es necesario acudir a notaría. Nosotros preparamos toda la documentación y coordinamos la cita.
Puedes hacerlo por tu cuenta, pero el proceso implica trámites complejos y múltiples organismos. Nuestro servicio evita errores, retrasos y te ofrece seguridad legal y fiscal.
Depende de la complejidad del patrimonio y si hay testamento. En casos sencillos puede resolverse en 1 a 3 meses. Si hay herederos no localizados, conflictos o bienes en distintas provincias, puede extenderse más.
